jueves, abril 18, 2024

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4300 familias podrán acceder al subsidio de arriendo en la Región

El beneficio está destinado para adultos mayores desde los 60 años, con el cierre de postulación el 17 de agosto; como también para personas mayores de 18 años, prolongándose hasta el 16 de octubre.

Desde este martes 17 de julio se encuentra abierta la postulación para el Segundo Llamado del año de Subsidio de Arriendo para el Adulto Mayor y Regular, cuyo aporte económico alcanza una cobertura del 90% al 95% de la renta mensual del arriendo de la vivienda.

En este sentido, los adultos mayores interesados en postular, podrán hacerlo hasta el 17 de agosto, mientras que, para el resto de las personas, se mantendrá vigente hasta 16 de octubre, ambas fechas inclusive.

Al respecto, la Seremi de Vivienda y Urbanismo, Evelyn Mansilla, invitó a todas las familias a postular, detallando que “en el subsidio de Arriendo Regular se van a entregar más de 3.350 subsidios, por lo tanto, es tremendamente importante que la gente se acerque a postular a nuestras oficinas de Serviu. También contarles que, en el caso de los adultos mayores, el cierre para postular se cumple el 17 de agosto, y tendremos más de 1.000 subsidios a entregar especialmente para ellos”.

Respecto de los requisitos, la Jefa del Departamento Técnico de Serviu, Carolina Sanguesa, destacó que “para el subsidio Regular es necesario tener un ahorro de 4 UF, contar con un ingreso familiar mensual comprobable entre 7 UF y 25 UF, postular con núcleo familiar y ser mayor de 18 años. En el caso del subsidio de Arriendo para adultos mayores es bastante más flexible; no deben contar con ahorro mínimo, deben tener 60 años o más para poder postular y acreditar un ingreso mínimo de 3,8 UF de pensión asistencial”.

Por último, las autoridades recordaron que quienes desean postular, pueden hacerlo vía on line en http://arriendoenlinea.minvu.cl/ o de manera presencial.

Además, enfatizaron en que la vivienda que desean arrendar debe contar con los siguientes requisitos:

  • Contar con al menos 3 recintos (dormitorio, baño, y sala estar-comedor-cocina).
  • No producir hacinamiento.
  • No estar embargada ni con prohibición de arriendo.
  • No estar localizadas en sectores de intervenciones de demolición MINVU
  • Tener destino habitacional y recepción municipal.

 

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